Gimeno Compliance

El abogado de empresa y el responsable del cumplimiento normativo deben ser personas diferentes

El abogado de empresa y el responsable del cumplimiento normativo deben ser personas diferentes

 

21/04/2018

Fuente: confilegal

No se debe centralizar en un mismo profesional dos funciones casi antagónicas dentro de las sociedades empresariales: las que realizan los abogados de empresa (o los “in house”, como se les suele llamar en el argot anglosajón), con su asesoramiento jurídico interno, y las que llevan a cabo los responsables del cumplimiento normativo.

Esta ha sido una de las conclusiones alcanzadas en la mesa de debate que tuvo lugar ayer en el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), dentro de los X Encuentros y bajo el título “La Función del Abogado de Empresa en las nuevas estructuras organizativas”,

Según la moderadora, María Segimón, diputada responsable del área Internacional del ICAM, encargada de poner el asunto sobre la mesa para los seis participantes, las compañías tienden a unificar en una sola persona dos figuras que en sí mismas son antagónicas: el deber del secreto profesional y asesoramiento al cliente propios del abogado de empresa, por un  lado, y la obligación de denuncia y control que debe asumir el “compliance officer” (responsable del cumplimiento normativo), por el otro.

La primera en responder fue la decana del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), María Eugenia Gay, que recordó que el Consejo General de la Abogacía Española ha dicho que “no es recomendable que el asesor jurídico ejerza estas funciones ya que el secreto profesional complica que pueda existir toda la objetividad necesaria frente a la obligación de control y denuncia”.

Los Colegios Profesionales, añadió Gay, “tenemos que garantizar la excelencia de los abogados y dar respuesta a las exigencias de las empresas”.

Para el abogado César Albiñana, socio director de CMS, que el “compliance officer” esté fuera de cualquier dependencia jerárquica es imprescindible para garantizar que goce de la independencia que requiere en el ejercicio de sus responsabilidades. El hecho de que el responsable de velar por el cumplimiento normativo pertenezca a unidad jurídica interna, ha señalado, “cuando menos descafeína el cumplimiento de sus obligaciones”.

Por su parte, Pablo de Carvajal González, secretario General de Telefónica advirtió de la necesidad de que “el secreto profesional deba aplicarse al abogado de empresa”.

EXTERNALIZACIÓN

Sobre el tema de las tendencias en el ámbito del asesoramiento jurídico interno, Segimón volvió a centrar el debate sobre si “el valor añadido y la especialización de los abogados externos son los puntos que obligan a externalizar servicios, mientras que el conocimiento del negocio lo tienen los in house”.

 Desde la experiencia de Telefónica, De Carjaval explicó que su empresa “tiene el tamaño apropiado para tener la inteligencia en casa”, de modo que cuando se sale fuera es para “buscar algo que te aporte valor”.

En su opinión, lo que se busca en la externalización es “alguien que piense contigo, que te ayude a resolver un problema concreto”.

El ICAB no es ajeno a esta tendencia, explicó Gay, pues el propio ICAB delega asuntos en despachos porque “la especialización de la profesión marca la externalización de los servicios en las asesorías jurídicas”.

César Albiñana señaló que las grandes compañías “han incorporado la asesoría jurídica como una unidad de negocio”, una estrategia que “prevé riesgos y añade valor al negocio de la compañía”.

Para el máximo responsable de CMS, el abogado “in house” es en la actualidad un directivo más y la empresa solo externaliza “en aquellos casos en que añades valor, das opinión y argumentos novedosos o si es algo muy complicado que necesitas que te lo arreglen desde fuera”.

El abogado externo, según Albiñana, se ha convertido en “un ‘partner’ del abogado interno”.

Para adaptarse a las necesidades del cliente, los despachos deben ser cada vez más eficientes y diferenciarse de la competencia en la generación de valor añadido, afirmaba la socia directora de Ashurst, María José Menéndez.

A la hora de aumentar la eficiencia, las firmas legales pueden aprovechar las nuevas herramientas que pone a su disposición el desarrollo tecnológico, mientras que para la diferenciación en el valor añadido “hay que echar mano de la creatividad y del intelecto de los equipos”, subrayó.

En el caso de Irlanda y Reino Unido, donde los abogados de empresa están amparados por el secreto profesional, Paul McGarry, presidente del Consejo de Colegios de Abogados de Irlanda, señaló que la tendencia es contar “con abogados de diferentes jurisdicciones para dar los servicios que requieren las multinacionales”.

En Brasil, donde hay más de un millón de abogados, las grandes empresas han encontrado la receta perfecta para resolver sus necesidades legales, según Claudio Lamachia, en la combinación de asesoría interna y externa: mientras los abogados internos se ocupan de los asuntos del día a día, se busca en los despachos especializados la especialización y experiencia necesarias para llevar los temas más complejos.

Lamachia también destacó cómo las empresas brasileñas buscan cada vez más resolver las cuestiones legales a través de sistemas como el arbitraje, la mediación y la conciliación.

Enlace: https://confilegal.com/20180421-gabriel-maria-de-diego-quevedo-mi-objetivo-es-dar-un-contenido-de-futuro-al-colegio-de-procuradores-de-madrid/